miércoles, 2 de febrero de 2011

Viva el control de la red!


Hoy me he levantado con la noticia de que en Egipto, las autoridades han decidido cortar las comunicaciones de la red, en un 92%, para evitar las comunicaciones entre los manifestantes, que han sido la base de la revolución que se está gestando en ese país, y que, además, se han pedido a las compañías Twitter y Facebook que entreguen datos y contraseñas de varios cabecillas de la revolución, para poder cerrarles las cuentas.

Esto, lejos de ser un caso puntual de un país en fuerte crisis, ha sido reproducido por países como Túnez o Irán en las anteriores semanas, ejerciendo así una presión sobre la comunidad libre de internet sin precedentes (sin contar China, por supuesto, que para ellos este hecho es normal).

Este hecho da un toque de atención sobre lo que se nos puede venir encima en las próximas semanas.

Este modelo de control, en el que un gobierno atenta directamente sobre las personas que libremente expresan sus ideas y pensamientos en foros y blogs, que comparten sus ansias y su conocimiento y que, aunque les pese a algunos, se crea la conciencia global moderna, lejos de ser un caso de países remotos, se está intentando reproducir en nuestro país.

Gracias a la consabida Ley Sinde se podrán cerrar páginas web que sean incómodas al gobierno de turno, cerrar blogs de personas que sean incómodas al gobierno y todo ello SIN LA MÁS MÍNIMA GARANTÍA JUDICIAL.

Me explico.

La Ley Biden-Sinde crea un organismo administrativo que depende del Ministerio de Cultura, en el que, como componentes, están representantes de la industria cultural (empresarios) y delegados del ministerio. Esta comisión puede CERRAR CAUTELARMENTE sin previo consentimiento de NINGÚN JUEZ, cualquier página web o blog amparándose en la posibilidad de que esa página pueda estar vulnerando los derechos de autor.

El procedimiento seria el siguiente:

1. La comisión decide (por sus razones) que una página web, o blog, está vulnerando los derechos de autor.
2. Se presenta ante un juez una petición para identificar al responsable legal de esa página o blog.
3. El juez actúa de oficio y autoriza a que el Ministerio pregunte a los ISP los datos del cliente -aquí nadie puede intervenir, ni siquiera el investigado.
4. La comisión consigue los datos del responsable de la página web (Llamémosle Sr. Garcia)
5. La comisión le informa al Sr. Garcia de que, o retira cierto artículo, post o link, o se le cerrará la página web cautelarmente, y que tiene 4 días para alegar ante los jueces la decisión (ninguna defensa jurídica se puede montar adecuadamente en tan poco tiempo).

Caso A:
6.a. El Sr.Garcia decide que su artículo sobre "Las filtraciones de Wikileaks"/"Los pechos de la Ministra de Cultura" no merece que le cierren la página y lo retira. Fin del caso.

Caso B:
6.b. El Sr. Garcia decide que no le da la gana retirar el artículo porque cree en la libertad de expresión.
7. Al Sr. Garcia no le da tiempo de desarrollar su defensa ante el juez administrativo al que llega su expediente.
8. El juez DEBE cerrar cautelarmente las páginas susceptibles de cometer infracciones, sin valorar si la denuncia tiene fundamento o no.
9. Se cierra la página web
10. Se continua con el procedimiento judicial

11. En el proceso judicial, que supongamos durará 1 año con la página cerrada, se dará la razón al Sr. Garcia ya que "enlazar a un documento no es delito en nuestra ley" (varias sentencias apoyan esta afirmación).
12. El juez autoriza a volver a "encender" la página web/blog

Conclusión:

El gobierno de turno ha impedido que los documentos de Wikileaks, o la talla de sostén de la ministra, lleguen al público en el momento. La gente está desinformada y, en un año, se han creado mecanismos para que el impacto de los documentos, o de la información, sea mínimo.

Todo esto, se ha orquestado con el agravante de que nos intentan salvar a NOSOTROS LOS MÚSICOS Y CREADORES, porque quieren cerrar páginas como SeriesYonquis. Pero lo que no explican es que, dado que estas 200 páginas que quieren cerrar ya tienen acciones penales sobre el tema de las descargas abiertas, y que como en el resto de casos que ya se han juzgado, los jueces han declarado inocentes a las páginas de enlaces, NO SE LES PODRÁ VOLVER A JUZGAR POR EL MISMO DELITO, con lo que la Ley Bide-Sinde no tiene efecto para estas páginas.

En conclusión, han creado esta ley para poder controlar lo que se cuece en la red.

Viva el control de la red! Y viva nosotros por ser gilipollas y continuar votándoles en las elecciones.

Ni para el PSOE, ni para el PP ni para CIU va a ir mi voto ya que ellos han sido los artífices de esta ley desastrosa que merma nuestros derechos de expresión, Y ENCIMA AMPARÁNDOSE EN MI SUPUESTO INTERÉS COMO MÚSICO... no en mi nombre.

Actualización (5/02/2011): Se han publicado varias sentencias en las que se declaran legales las paginas de enlaces. http://www.adslzone.net/article5388-bofeton-judicial-a-la-ley-sinde--otra-sentencia-declara-legales-paginas-web-de-enlaces.html

3 comentarios:

George Smiley dijo...

Estimado Sr Leverkun,

En primer lugar, deseo transmitirle mi extremo regocijo al ver que vuelve usted a escribir depués de tan larga ausencia en la red. Esperemos que no se canse usted demasiado pronto.

Tras el recochineo habitual y metiéndonos en el post... Aunque estoy totalmente en contra de la ley Sinde de las narices y tengo la firme creencia de que la red debería ser como el salvaje oeste, no acabo de entender lo que quieres decir con la frase "SIN LA MÁS MÍNIMA GARANTÍA JUDICIAL". En el segundo punto del proceso que comentas dices "Se presenta ante un juez una petición para identificar al responsable legal de esa página o blog".

¿En qué quedamos? Yo no tengo ni pajolera idea de derecho, pero, ¿hay una actuación judicial o no?

Y por otro lado, eso de que "NO SE LES PODRÁ VOLVER A JUZGAR POR EL MISMO DELITO", ¿no es de Perry Mason? ¿Estás seguro de que en España es igual? Porque a mí me suena como lo de acogerse a la quinta enmienda...

Adrian Leverkun dijo...

Apreciado Sr. Smiley, ante todo le agradezco las palabras de ánimo, como siempre precisas y reconfortantes.

En segundo lugar le responderé a las preguntas:

Primera pregunta sobre las garantías judiciales:

- A un juez de la sección administrativa se le pregunta: "Puedo identificar a esta persona que está oculta en un ISP?", para esto no se necesita ningún argumento ni causa, es un juez administrativo no civil ni penal, que son los que se revisan las causas y los que valoran si la petición es razonable. En este caso un juez de la sección administrativa simplemente ejerce de "notario" recibiendo las peticiones de la comisión y cursando su aprobación sin valorar el porqué de la misma.

Segunda pregunta, sobre si volver a juzgar por el mismo delito es factible en España.

- Para esto, se puede usted leer este fantástico post del Sr. David Bravo, un abogado especializado en derecho de propiedad intelectual y derechos de internet

http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/010889.html

En el se explica exactamente lo que me pregunta y si, la respuesta es que, en España continua vigente esa ley.

En tercer lugar tengo que decirle que he triunfado en la uni... sé que estaba usted preocupado al respecto ;o)

Adrian Leverkun dijo...

Repongo el link donde se aclara que efectivamente en España no se pude juzgar a alguien dos veces por el mismo delito:

(http://www.filmica.com/david_bravo/
archivos/010889.html)